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Hacienda cobrará el segundo pago de la Renta el 5 de noviembre

El plazo corresponde al 40% restante del IRPF de 2025 para quienes eligieron fraccionar el pago. La fecha límite es el jueves 5 de noviembre.

Billetes de 5, 10, 20 y 50 euros.
Imagen de archivo. Billetes de 5, 10, 20 y 50 euros.Foto: GreenZeb · CC BY-SA 4.0

La Agencia Tributaria, Hacienda, cobrará el segundo plazo del IRPF de 2025 el jueves 5 de noviembre de 2026. Corresponde al 40% restante de la deuda de quienes eligieron pagar la declaración en dos plazos.

A quién afecta

Quienes eligieron el pago fraccionado abonaron el 60% al presentar la declaración del IRPF de 2025. El 40% restante vence a comienzos de noviembre. TaxDown calcula que alrededor de 5,2 millones de personas deben hacer este segundo pago. La plataforma estima que siete de cada diez contribuyentes con una declaración a ingresar eligieron dividirla. Diario de Sevilla cita otra estimación, de más de cuatro millones. Son cálculos distintos y no deben sumarse.

Hacienda cargará el dinero de forma automática el 5 de noviembre si el contribuyente domicilió el segundo plazo. Quienes domiciliaron ambos pagos debían usar la misma entidad y cuenta que para el primero. El plazo para hacer ese trámite terminó el 2 de noviembre.

Quienes no eligieron la domiciliación deben pagar mediante el modelo 102. Pueden hacerlo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o en una entidad colaboradora. El plazo termina el 5 de noviembre. El pago fraccionado no se aplica a declaraciones complementarias ni a las presentadas fuera de plazo.

Si el pago no se realiza

El cargo puede devolverse si no hay saldo suficiente en la cuenta. Una deuda sin pagar puede pasar al periodo ejecutivo, en el que se aplican recargos. Los medios sitúan esos recargos entre el 5% y el 20%, según el retraso y si Hacienda ha enviado un requerimiento.

Los informes difieren sobre el recargo aplicable antes y después del aviso. Diario de Avisos habla de un 5% antes del requerimiento y de un 10% tras la carta. Expansión señala que puede aplicarse un 20% más intereses si la deuda sigue pendiente después de la notificación. El medio cifra el interés vigente en el 4,0625%.

Quienes no puedan pagar pueden solicitar un aplazamiento o un plan especial a Hacienda. Deben acreditar dificultades económicas temporales. El aplazamiento genera intereses y la Agencia Tributaria puede pedir garantías según el importe. Diario de Avisos indica que se puede solicitar un plazo de hasta 12 meses.

El primer pago venció el 30 de junio, cuando acabó la campaña de la Renta de 2025. El cargo del 5 de noviembre afecta solo al segundo plazo de quienes eligieron fraccionar.

Fuentes: Expansión, Diario de Sevilla, Diario de Avisos, 20minutos y ABC.

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