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La Audiencia balear confirma la condena al vendedor de una embarcación
La Audiencia Provincial de Balears confirma una pena de dos años y tres meses de prisión por falsedad en documento mercantil e insolvencia punible. La sentencia suma 17.500 euros en multas e indemnizaciones.
La Audiencia Provincial de Balears ha confirmado una pena de dos años y tres meses de prisión a un vendedor de embarcaciones condenado por falsedad en documento mercantil e insolvencia punible. También ha confirmado multas e indemnizaciones por un total de 17.500 euros. La resolución no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Según el tribunal, el vendedor compró una embarcación en enero de 2021, pero no la matriculó ni pagó los impuestos correspondientes. Meses después se la vendió a un comprador y le entregó un contrato falso para facilitar la matriculación. El documento nombraba como vendedor a una empresa que no había participado en la operación. El condenado trabajaba como profesional autónomo en el sector náutico.
Más tarde, el comprador denunció problemas mecánicos y demandó al vendedor y a la empresa que aparecía en el contrato. Un informe pericial caligráfico confirmó la falsedad del documento. Tras ese informe se retiró la acusación contra la empresa. La Audiencia confirmó las condenas del vendedor por falsedad en documento mercantil e insolvencia punible. No declaró probado de forma concluyente que hubiera engañado al comprador en la venta inicial.
La orden de embargo
Otra parte del caso se refiere a una orden judicial de embargo de 25.000 euros contra el vendedor. Para evitarla, vació sus cuentas bancarias y vendió varios bienes y vehículos, según el tribunal. Entre ellos había una furgoneta, motos acuáticas, un Audi R8 y un Mercedes. Los 25.000 euros de la orden de embargo son una cantidad distinta de los 17.500 euros en multas e indemnizaciones confirmados por la Audiencia. La nota oficial ofrece el total conjunto, pero no desglosa las multas y las indemnizaciones.
El vendedor pidió también que se anulara la resolución. La Audiencia no apreció falta de motivación ni errores en el razonamiento de la jueza y rechazó la petición de nulidad. Por eso mantuvo la pena de prisión y las cantidades económicas fijadas.
La resolución aún no es firme. El vendedor puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La nota del Poder Judicial no indica si recurrirá.
Fuente: Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)
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